domingo, 29 de septiembre de 2013

Estimados Alumnos del Taller de Práctica Fiscal & Contable : Atento a la tarea que les encomendamos , les remitimos link para acceder al instructivo de instalación de aplciativos de afip

http://www.afip.gob.ar/genericos/guiaDeTramites/guia/documentos/GuiaPasoaPasoAplicativosAfip.pdf

Exitos !!
Profesores  Héctor y Bibiana

Nota 1 les dejamos un obsequio para meditar , mientras se realiza la descarga del SIAP ......

El Futuro me pertenece. Friedrich Nietzsche 

Nota 2 : recuerden que estamos a la espera de vs consultas !!

¿Cuáles son los siete elementos imprescindibles en un CV?

¿Cuáles son los siete elementos imprescindibles en un CV?


Información precisa, referencias laborales contrastables y datos referidos a los logros obtenidos son algunos de los items a tener en cuenta.


Armar un Curriculum Vitae no es tarea sencilla. Y tampoco lo es actualizarlo, a medida que se va ganando experiencia.
Información precisa, referencias laborales contrastables y datos referidos a los logros obtenidos hasta el momento son puntos fundamentales para armar la hoja de vida.
El medio uruguayo El Observador consultó a la especialista Ana Lucía Vera Tudela, gerente de la División de Empleo de Universia, quien considera que la regla de las "7 C" -que engloba los tres elementos mencionados- es clave a la hora de armar un CV:
1. Los datos colocados deben ser ciertos, por ende, cualquier información puede ser verificable, principalmente, el apartado de referencias laborales.
2. Dado a que el reclutador solo invierte once segundos para descartar un CV o determinar si un candidato encaja o no en el perfil profesional deseado, es indispensable no colocar información densa. Por tanto, un CV debe ser corto.
3. El solicitante de empleo debe colocar sus objetivos, funciones anteriores y logros conseguidos hasta la fecha con claridad, sin entrar -de manera excesiva- en detalles.
4. Para evitar que el encargado de Recursos Humanos se desoriente en una serie de párrafos largos, el CV debe ser concreto. Los datos puntuales a través de items cortos es parte de la norma.
5. La información debe estar estructurada de manera coherente. El correcto orden de los datos es vital para que el reclutador conozca, de la mejor manera posible, al postulante (características, competencias, valor agregado, etc).
6. Durante el proceso de elaboración de una Hoja de Vida, es importante el componente crítico. Es decir, antes de enviar el documento, el candidato podría entregarlo a sus ex jefes u otros contactos para validarlo.
7. Puesto que el CV comprende un primer acercamiento a la empresa deseada, éste debe serconvincente, de acuerdo a lo que se espera transmitir y lograr.
Siguiendo estos pasos, es posible elabora un Curriculum que implique un primera primera impresión satisfactoria en el reclutador y que le permita concertar una entrevista personal.

Estimados

Les recomendamos buscar en la web artículos relacionados con los contenidos mínimos y reglas para la  confección de vs currículum, pero por sobre todo mantener en el mismo la esencia de vs. creatividad . El toque personal indudablemente constituirá un valor agregado especial que propiciará que no pase desapercibido .

Recuerden enviarnos lo solicitado  antes de la próxima clase !!

Nos vemos el 29-6 a las 10 horas

Exitos 

Algunos Links de utilidad a la hora de preparar el currículum

http://www.modelocurriculum.net
http://www.cmsociologia.com/
 http://curriculumsvitae.blogspot.com.ar/
http://www.curriculumvitaefacil.com/

Links de Universidades Nacionales:


Universidades Estatales




































Universidades Privadas





































  • Institutos Universitarios











Bienvenidos al Taller de Práctica Integral , que comprende las Areas Fiscal , Contable , Previsional y todo lo relacionado con Administración y Finanzas . 
El dictado del Taller está a cargo de los Dres. Héctor Pugliese y Bibiana Paletta , ambos profesionales independientes de vasta trayectoria en el ámbito de las Ciencias Económicas 
La Misión del taller está orientada a exponer la temática descripta desde el punto de vista práctico, ofreciendo la posibilidad de abordar los contenidos desde el quehacer real y cotidiano de un Profesional en Ciencias Económicas ,  convirtiéndose de esta forma en una herramienta de aplicación relacionada a los contenidos académicos aprehendidos durante la cursada regular.
Estaremos abiertos a toda inquietud que surja a lo largo de la cursada para lo cual están previstas reuniones de periodicidad quincenal y un fluido contacto por medios electrónicos a efectos de acompañarlos desde el punto de vista técnico en la resolución de los casos planteados 
Para facilitar en intercambio , subiremos al blog material relacionado con los tópicos abordados 
Esperamos que este intercambio sea tan rico para Uds. como lo es para nosotros y que constituya una herramienta de utilidad para capacitarse en vistas a vs. próxima inserción al mundo universitario y  laboral . 
Saludos muy cordiales a todos y gracias por su interés !!!!
Profesor Héctor Pugliese 
Profesora Bibiana Paletta

Incumbencias de los Profesionales en Ciencias Económicas

A continuación , ampliamos uno de los temas abordados en nuestro primer encuentro , LAS INCUMBENCIAS DE LOS PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONOMICAS 



Las incumbencias de los profesionales en Ciencias Económicas se encuentran legisladas por la Ley 20.488 que rige el ejercicio profesional, por la Ley 22.207 Art. 61º y la Res. 1.560/80 del Ministerio de Cultura y Educación. La mencionada legislación y la correspondiente reglamentación, constituyen un razonable acercamiento a los ordenamientos de los títulos de grado que en cada caso corresponden.

Las incumbencias profesionales mantienen, además, una permanente dinámica que obliga a la actualización de los conceptos estáticos aprobados por la legislación vigente. Dicha tarea no ha sido cumplida hasta la fecha y da lugar a discrepancias en la aplicación de las incumbencias.

Desde el punto de vista de los profesionales en Ciencias Económicas existen dos tipos de zonas grises no debidamente delimitadas.

La primera de ellas se relaciona con incumbencias compartidas entre las distintas profesiones en ciencias económicas, cuyo estudio y ordenamiento es realizado en el seno del Consejo por las Comisiones de Actuación Profesional, con el propósito de lograr un equilibrio entre las incumbencias correspondientes a cada una de ellas.

La segunda, y de mayor gravedad, es la injerencia cada vez mas notoria de nuevas profesiones que reclaman para sí incumbencias asignadas a nuestras profesiones. La falta de reglamentación a cargo de los organismos públicos, ha posibilitado dicho avance en perjuicio de las incumbencias legalmente asignadas a nuestras profesiones.

La corrección de tales desviaciones, debe lograrse a través de la acción de los organismos oficiales responsables del ordenamiento de las incumbencias y de la acción de los profesionales ocupando aquellos sectores de la actuación profesional, que aspiren a lograr quienes no posean las condiciones necesarias para ellos.

Actuarios
Sus incumbencias están determinadas por el Art. 16º de la Ley 20.488, que establece como campo de acción para esta rama profesional el comprendido por actividades tales como: seguros, informes estadísticos, probabilidades de vida y planeamiento económico financiero de sistemas de previsión social y planes de ahorro.

Contadores PúblicosLas incumbencias de dicha carrera están establecidas básicamente en el Art. 13º de la Ley 20.488, que define las incumbencias en materia económica y contable, y las delimita también en el área judicial.

El mismo artículo reconoce la aplicación de las normas técnicas profesionales en el caso de que se trate de una actuación profesional que así lo requiera.

Los organismos de contralor, como la Inspección General de Justicia, Comisión Nacional de Valores, Dirección General Impositiva, Banco Central de la República Argentina, Administración Nacional de Aduanas, Dirección General de Rentas de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, y las empresas privadas como bancos, compañías de seguros, y actividades industriales y comerciales aceptan pacíficamente las disposiciones legales sobre incumbencias de los Contadores Públicos.

En general, tanto leyes como decretos y disposiciones reglamentarias asignan a los contadores públicos la misión de hacer fe pública en los temas que hacen a sus incumbencias profesionales.

Licenciados en AdministraciónSus incumbencias profesionales se encuentran normadas por la Ley 20.488, en su Art. 14°dividiendo su actuación en materia de dirección y administración, y en materia judicial.

En esta última materia se dispone que en las designaciones de oficio para las tareas de administrador a nivel directivo o gerencial, en las intervenciones judiciales, se dé preferencia a los Licenciados en Administración.

Licenciados en EconomíaComo en los casos anteriores, sus incumbencias están determinadas por la Ley 20.488, que en su Art. 11º establece las correspondientes al asesoramiento económico y financiero, y a la actuación como perito en todos los fueros del orden judicial.